furgoneta camper sin homologar

¿Cómo camperizar una furgoneta camper sin homologar?

Convertir una furgoneta en camper es un sueño que muchos viajeros tienen: libertad, carretera, naturaleza…pero cuando se menciona el término “sin homologar”, surgen dudas: ¿es legal? ¿Qué se puede y no puede hacer? ¿Se puede viajar tranquilo con ese vehículo?

En este post te explico todo lo que hay que saber sobre una camperizar una furgoneta camper sin homologar.



En este contexto, “sin homologar” quiere decir que la furgoneta no ha sido modificada de forma oficial para cambiar su categoría a “vehículo vivienda” o autocaravana, ni ha pasado por el trámite de reforma importante que exige la ficha técnica. Es decir, que las modificaciones realizadas no han sido legalizadas como reformas que afectan a la estructura, la clasificación técnica o la seguridad del vehículo.

En España, el Real Decreto 866/2010 regula «las reformas de vehículos tras su matriculación definitiva» y establece que cualquier cambio que altere características esenciales del automóvil debe ser homologado. Por tanto, una furgoneta camper que no pase por ese proceso seguirá figurando como lo que era en origen (furgón, vehículo mixto, etc.), y no como “autocaravana” o “vehículo vivienda”.

Ahora bien: ¿significa que no se puede usar como camper? No necesariamente. Si las modificaciones se hacen de forma que no afecten a la ficha técnica ni a la clasificación del vehículo, puede usarse como camper de forma informal o “temporal”, pero con ciertas restricciones.



La clave está en si la reforma realizada se considera una “reforma de importancia”. Según la normativa y los expertos, es obligatorio homologar cuando:

  • Se modifica la estructura del vehículo, se realizan cortes en la carrocería, se instalan claraboyas o ventanas que no vienen instaladas de serie.
  • Se cambia la categoría del vehículo (por ejemplo, de furgón a “vehículo vivienda”).
  • Se montan elementos fijos que quedan atornillados a la carrocería (muebles, bancos, literas, instalaciones de gas o eléctricas integradas).
  • Se supera un determinado porcentaje de masa en orden de marcha por reforma interior (panelado, aislamiento) que obliga a la homologación.
  • Se instalan sistemas de gas, eléctricos o calefacción que requieren boletín técnico o proyecto de reforma.
furgoneta camper sin homologar
Si el mobiliario no está anclado ni atornillado al chasis no es necesario homologar

En resumen: si la modificación es “simple carga” (elementos que se pueden retirar fácilmente) no es necesario homologar. Si ya es “vivienda” con muebles fijos, gas, electricidad, etc., sí se deberá legalizar.



Para quienes deciden «tirar» por la opción sin homologar, conviene conocer qué está permitido y qué no.

  • Instalar elementos que no estén anclados al vehículo en forma fija, y que puedan considerarse carga (no reforma) como muebles desmontables, sillas, camas de quita y pon. 
  • Montar placas solares portátiles que no están fijadas permanentemente. 
  • Tener nevera portátil, garrafas de agua sin instalación fija, ducha portátil.
  • Usar el vehículo para pernoctar (si la normativa del municipio lo permite) sin hacer “acampada”. Según la Dirección General de Tráfico (DGT) y algunos ayuntamientos, dormir dentro del vehículo está permitido si no se hacen actividades propias de acampada.
furgoneta camper sin homologar
Hay que conocer la diferencia entre pernoctar y acampar
  • Instalar claraboyas, ventanas laterales o techos elevables que alteren la estructura.
  • Anclar muebles, literas o mobiliario fijo atornillado al suelo, techo o paredes. 
  • Sistemas de gas fijos, instalaciones eléctricas permanentes (220 V/inversores) que cambien las características del vehículo. 
  • Cambiar la categoría del vehículo sin pasar por el trámite correspondiente. 
  • Superar la masa máxima autorizada.

Imaginemos que alguien tiene una furgoneta de carga “M1” que quiere usar para viajar. Monta una cama plegable, puede poner una garrafa de 20 L para agua, una nevera portátil conectada al mechero, alfombra, cortinas, y todo lo instala sin atornillar a suelo ni paredes.

Esa sería una camperización sin homologar. Ahora bien, si se decidiera instalar un mueble fijo con tiros y herrajes al suelo, claraboya, gas o cambiar la distribución de asientos para convertirla en vivienda, ya tendría que homologar.



  • Menor coste inicial, porque se evita el trámite de proyecto de ingeniería y homologación. 
  • Mayor rapidez para estar en la carretera.
  • Flexibilidad: se puede desmontar el equipamiento y usar la furgoneta para otros fines (trabajo, transporte) cuando no se usa como camper.
  • Mayor riesgo legal: si la ITV detecta reforma sin declarar, puede ser desfavorable. 
  • Seguro: en caso de accidente, la aseguradora podría rechazar la cobertura si el vehículo tiene modificaciones no declaradas.
  • Limitación en comodidad: al evitar muebles fijos o instalaciones permanentes, la camperización suele ser más básica.
  • Posibles sanciones o inmovilización del vehículo. 


Si se presenta el vehículo en la inspección técnica con elementos que se consideran “reforma de importancia” y sin homologar, la ITV puede emitir un resultado desfavorable, lo que impide circular hasta que se legalice. 

furgoneta camper sin homologar
La ITV puede poner problemas si no se conoce la legalidad

Además, los técnicos pueden exigir que los muebles desmontables se retiren para pasar la prueba si consideraran que afectan a la seguridad.

Circular con una camperización sin homologar que debería estarlo puede acarrear sanciones económicas. Por ejemplo, la guía más reciente indica multas de entre 200 y 500 euros dependiendo de la gravedad. 

La cobertura puede verse comprometida si se ha realizado una reforma sin declararla: en caso de accidente, la aseguradora puede alegar que el vehículo no estaba en condiciones homologadas para su uso. 

Algunas modificaciones pueden cambiar la clasificación del vehículo y eso tiene implicaciones en impuestos, seguro, y limitaciones en determinados aparcamientos o zonas reguladas (zonas de acampada, pernocta, etc.).

Además, según la normativa de pernocta, abrir toldos o sacar sillas al exterior puede considerarse “acampada” y está regulado por los ayuntamientos. 





  1. Antes de empezar la camperización, consultar con un ingeniero o taller especialista para saber qué se puede modificar sin necesidad de homologar.
  2. Mantener un equipamiento desmontable o modular, que puedas quitar o asegurar adecuadamente en marcha — así te ahorrarás sorpresas en la ITV.
  3. Llevar consigo documentación de lo que sí se ha hecho y cómo se fija (o no se fija) el mobiliario. Esto puede ayudar en una inspección.
  4. En la ITV, presentar el vehículo limpio de elementos considerados carga (si es furgón de carga) cuando sea necesario.
  5. Informarse de la normativa local de aparcamiento y pernocta, ya que aunque tu vehículo sea legal, el uso real como vivienda puede estar regulado.
  6. Considerar que, si en vez de viajes esporádicos el uso va a ser intensivo o de larga estancia, quizá compense hacer la homologación completa para mayor comodidad y seguridad.


La opción de una furgoneta camper sin homologar es perfectamente viable para muchas personas que buscan libertad, viajes, naturaleza y una furgoneta básica convertida en casa rodante. No obstante, conviene hacerlo con conocimiento de causa: saber qué se puede hacer sin homologación, cuáles son los riesgos y cómo organizar la camperización para que sea funcional, segura y legal dentro de los límites.

libertad
Disfruta del mundo camper cumpliendo con la legalidad

En definitiva, la libertad de la carretera puede convivir con la legalidad, siempre que se respeten las normas de seguridad, se entienda que “sin homologar” no es “sin restricciones” y se tome la decisión más adecuada al tipo de uso que se le dará al vehículo.